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lunes, 21 de noviembre de 2016

PROCESO JUDICIAL DE MODIFICACIÓN DE MEDIDAS EN CÓRDOBA: CAMBIOS DESPUÉS DE DE LA SEPARACIÓN O DIVORCIO


Puede ocurrir en muchas ocasiones que las medidas que se han acordado en un procedimiento judicial de separación o divorcio necesiten ser modificadas para adaptarse a un cambio de las circunstancias sobrevenido. En estos casos deberemos acudir a un procedimiento judicial de modificación de medidas en Córdoba.

Modificaciones de medidas más habituales 


Las medidas que pueden ser modificadas por este procedimiento judicial son de cualquier tipo que se hayan podido acordar en el procedimiento de divorcio o separación. Una de las más habituales es lamodificación de medidas de pensión de alimentos, que suele plantearse cuando hay una situación de cambio en los ingresos de los padres o en las necesidades económicas de los hijos.

También es habitual  la modificación de medidas cambio de custodia y modificación de medidas régimen de visitas, las cuales suelen plantearse en casos de cambio en las circunstancias familiares o personales de distinto tipo de los padres o de los hijos.

El Procedimiento judicial a seguir para la modificación de medidas es un Juicio Verbal que se iniciará con una demanda que necesariamente debe ir firmada por un abogado de divorcios y un procurador. La modificación de medidas puede ser de mutuo acuerdo o contenciosa.

padres cogiendo de la mano a hijo para modificación de medidas


Requisitos para la modificación de medidas después de la separación o divorcio


Debemos tener en cuenta que, conforme a lo indicado, para poder acudir a un procedimiento judicial de modificación de medidas definitivas será necesario que exista un cambio de las circunstancias que fueron tomadas en cuenta en el procedimiento de separación o divorcio al fijar las medidas. Puede ser un cambio de las circunstancias económicas de la pareja, lo que es habitual por la crisis económica de los últimos años, o un cambio de circunstancias personales, de convivencia,...

Este cambio de circunstancias debe reunir unos requisitos: debe ser sustancial en cuanto afecte a algún aspecto fundamental tenido en cuenta al adoptar las medidas en el divorcio; sobrevenido en cuanto no puede basarse en una circunstancia que ya existiera al momento de acordarse las medidas definitivas en el divorcio; imprevisto, en cuanto nos e haya podido prever en el momento de adoptarse las medidas originales; y no provocado intencionadamente por los cónyuges divorciados

Corresponde al Juez determinar en cada caso si este cambio es suficiente para justificar la modificación de medidas solicitada. Es fundamental no obstante el asesoramiento de un abogado matrimonialista que nos indique si se cumplen o no los requisitos y como poder plantear la demanda judicial en su caso.

madre se lleva hijo familia rota modificación de medidas en Córdoba


Caso práctico de modificación de medidas






Hace unos meses acudió a nuestro despacho de abogados especializado en derecho de familia ubicado en Córdoba D. Francisco R.O. para plantearnos su caso: estaba divorciado de su ex pareja Ana M.A., y debía pagar a ésta 250 euros mensuales por cada uno de sus dos hijos.

Desde hacía unos meses se había quedado sin trabajo y no disponía de recursos para poder pagar a Dª Ana la pensión alimenticia establecida. Ante ésta situación Dª Ana había interpuesto contra él demanda de ejecución para el embargo de sus bienes.

Yo asesoré a D. Francisco indicándole que no había causa legal para oponerse al procedimiento de ejecución y que lo que debía hacer era vender bienes que tuviera para reestructurar su situación económica y tener liquidez para poder afrontar el pago de las cantidades por las que había sido demandado. Pero junto a ello debería plantear una demanda de modificación de la medida de pensión de alimentos para reducir el importe de la pensión ajustándola a sus nuevas circunstancias económicas.

Preparamos una demanda de modificación de medidas de pensión de alimentos solicitando una reducción de ésta desde los 250 euros por hijo a 150 euros por hijo, en cuanto los únicos ingresos de D. Francisco, como prestación de desempleo, iban a ser de 750 euros mensuales.

En el procedimiento judicial tuvimos que aportar documentación justificativa de la reducción de ingresos, con justificantes de pago por la seguridad social y extractos bancarios. Asimismo acreditamos situación patrimonial del padre y la madre y necesidades económicas de los hijos.

Tras la tramitación del procedimiento el Juez dictó Sentencia en la que, acogiendo nuestras argumentaciones, se acordó reducir la pensión de alimentos establecidos, en atención al cambio de circunstancias económicas sobrevenidas, por el desempleo de D. Francisco, desde 250 euros por hijo a 150 euros por hijo.

D. Francisco quedó muy satisfecho con el asesoramiento recibido, y con los resultados obtenidos, en  un nuevo caso de éxito de modificación de medidas en Córdoba, dirigido y gestionado por nuestro despacho de abogados especializado en derecho de familia.


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