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martes, 30 de agosto de 2016

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD DE GANANCIALES EN DIVORCIO EN CÓRDOBA: EL MEJOR ASESORAMIENTO ESPECIALIZADO


Una de las consecuencias más importante en el caso de un divorcio, y de las que más necesitan de un asesoramiento especializado por la complejidad que puede presentar, es la disolución del régimen económico de gananciales, y la necesidad de proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales en el divorcio en Córdoba.

Cuestiones generales sobre liquidación de gananciales 


Este problema solo se presenta en el caso de que el régimen económico que rija en el matrimonio sea el de sociedad de gananciales. Esto, en Andalucía al menos, ocurrirá siempre que no hayamos acudido al Notario para pactar expresamente un régimen de separación de bienes.

Previamente a la cuestión de cómo repartir los bienes gananciales del divorcio habrá que resolver la cuestión de qué son bienes gananciales en el matrimonio. Son bienes gananciales el producto del trabajo de los cónyuges después del matrimonio. Quedan excluidos por tanto: los que los cónyuges ya tuvieran antes del matrimonio, los heredados y los recibidos por donación siempre que se indicara que es a uno solo de los cónyuges.

También debemos advertir que en algunos casos, por cuestiones prácticas, puede producirse el divorcio sin liquidación de la sociedad de gananciales. En estos casos, pese a que se disuelve la sociedad de gananciales al extinguirse el matrimonio, queda pendiente la liquidación de los bienes.


cónyuges separados para liquidación de gananciales


Forma de realizar la liquidación de la sociedad de gananciales


Diferenciamos la liquidación de bienes gananciales en divorcio contencioso de la liquidación de gananciales en divorcio de mutuo acuerdo.

En el caso de divorcio de mutuo acuerdo puede regularse de acuerdo entre las partes, como una estipulación más, qué ocurre con la liquidación de los bienes. Debemos realizar un inventario y valoración de los bienes, y en base a ello llevar a cabo las adjudicaciones de bienes a los cónyuges de forma que las dos partes tengan el mismo valor.

En estos casos habrá que cuidar de que las valoraciones sean correctas, conforme con la normativa fiscal, para evitar problemas fiscales y que luego no haya problemas al  inscribir los bienes en el caso de inmuebles.

En el caso de que no exista acuerdo entre los cónyuges deberemos acudir a un procedimiento de división de sociedad de gananciales. En este se llevará a cabo un inventario y avaluo de los bienes para posteriormente proceder a su adjudicación a los cónyuges. Es un procedimiento que, en caso de que persista el desacuerdo entre las partes, puede llegar a ser complicado y largo, y viene regulado en el artículo 806 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Calculadora para liquidación de gananciales en Córdoba

Sin perjuicio de lo anterior siempre existirá la posibilidad de que las partes se pongan de acuerdo en cuanto a la liquidación de la sociedad de gananciales, que es lo más deseable, y puedan otorgar escritura notarial de liquidación de sociedad ganancial.


Caso real de liquidación de bienes gananciales que tramitamos en nuestro despacho de abogados especializado


D. Evaristo L.P. acudió a nuestro despacho de abogados ubicado en Córdoba especializado en divorcios porque se quería separar de su esposa Dª Lourdes G.P. pero no conseguían llegar a un acuerdo en cuanto a la liquidación de los bienes gananciales del matrimonio.

D. Evaristo y Dª Lourdes tenían en propiedad una vivienda en Córdoba valorada en 185.000 euros y un saldo en cuenta corriente por valor de 32.000 euros. Como deudas de la sociedad de gananciales tenían el préstamo hipotecario sobre la vivienda referida por importe de 155.000 euros.

En nuestra primera conversación con D. Evaristo le indicamos que, dado que su mujer se iba a quedar la posesión de la vivienda porque ellos querían que ella se quedara con la custodia de los hijos, lo más lógico sería que a ella se adjudicara la vivienda y el préstamo hipotecario, y él se quedara con el mayor saldo de la cuenta para compensar.

D. Evaristo se quedaría 31.000 euros de saldo de cuenta y Dª Lourdes la vivienda, el préstamo hipotecario y 1.000 euros. De esta forma cada uno se quedaría un valor neto de 31.000 euros por lo cual la liquidación sería ajustada.

Convocamos a una reunión con nuestro cliente y Dª Lourdes en las que les explicamos nuestro planteamiento y le hicimos saber que lo mejor era proceder de mutuo acuerdo puesto que iniciar un divorcio contencioso y un procedimiento de división de sociedad de gananciales sería largo y costoso para todos.

Conseguimos convencer a las partes implicadas de que ésta era la mejor solución y seguidamente elaboramos un convenio regulador en el que se repartían los bienes de acuerdo con nuestro planteamiento anteriormente indicado.

Tras la rápida tramitación del procedimiento conseguimos una Sentencia que acordaba el divorcio y homologaba el convenio regulador pactado.La solución final conseguida fue a plena satisfacción de nuestro cliente en todos sus aspectos y en particular en el que a él más le preocupaba, la liquidación de la sociedad de gananciales en el divorcio en Córdoba.

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