Páginas

viernes, 2 de agosto de 2019

QUIÉN PAGA LA HIPOTECA DE LA CASA TRAS EL DIVORCIO EN CÓRDOBA: PREGUNTA PARA ASESORAMIENTO LETRADO.



Es una de las preguntas más importantes que se hacen los cónyuges en el caso de un divorcio o separación. Con carácter general la respuesta es que la hipoteca la pagará quién se acuerde en la sentencia o en el convenio regulador. Por lo tanto en estos documentos se decidirá quién paga la hipoteca en los casos de divorcio en Córdoba.

Postura del Tribunal Supremo respecto del pago de hipotecas tras divorcio


A este respecto hay que considerar que a partir de lo previsto en la sentencia del Tribunal Supremo de 28 de Marzo de 2011 el pago de la hipoteca no debe considerarse una carga del matrimonio sino una deuda del matrimonio y como tal deberá pagarse al 50% entre ambos cónyuges dando igual quién viva en la vivienda y el nivel de ingresos o de uno u otro.

En efecto el tema de quién paga la hipoteca será una cuestión qué se deberá dilucidar en el proceso de la liquidación de gananciales. En este se decidirá quién se queda con la propiedad de la vivienda y en relación con este tema también se decidirá quién paga la hipoteca. 

En el caso de que exista una hipoteca compartida y uno de los cónyuges no paga en el momento de la disolución de la sociedad de gananciales el cónyuge que si ha pagado tendrá un crédito frente al que no ha pagado por la parte que no ha pagado.

hipoteca tras divorcio


Responsabilidad solidaria frente al banco 


Esta problemática puede darse tanto en el caso de divorcio contencioso como en el caso de divorcio de mutuo acuerdo en los supuestos en que uno de los cónyuges no paga. Se trata de supuestos de impago en hipoteca tras el divorcio. Hay que tener claro desde el primer momento que el banco en estos supuestos podrá reclamar judicialmente el préstamo impagado frente a los dos cónyuges indistintamente, en la medida en qué en los préstamos hipotecarios concedidos por las entidades bancarias la responsabilidad entre ambos cónyuges se pacta un carácter solidario de manera que ambos son por igual deudores frente al banco por la totalidad del importe del préstamo.

En muchos casos también se plantea este problema en el supuesto de custodia compartida para ver quién paga la hipoteca. En estos supuestos la sentencia o el convenio podrá prever durante el tiempo que dure el régimen de custodia compartida regulación específica en relación al pago de la hipoteca. No obstante si nada se prevé habrá que atender al principio general de que ambos cónyuges deberán pagar al 50% la hipoteca.

En todo caso en esta materia pueden existir controversias con enfrentamientos importantes entre los cónyuges y el asesoramiento previo de un abogado de familia pueden evitarlo. En todo caso si no se consigue evitar el enfrentamiento será necesaria la intervención de un abogado de divorcios para reclamar al otro cónyuge la parte que corresponda.


abogados de divorcios


Caso real tramitado en nuestro despacho de abogados de divorcios en Córdoba 


En nuestro despacho de abogados especializado en derecho de familia ubicado en Córdoba tramitamos un caso de estas características. Doña Susana M.A. acudió a nuestro despacho porque se había divorciado de su marido Don Javier J.C. Habían disuelto la sociedad de gananciales con el divorcio pero habían dejado la misma pendiente de liquidación en la medida en que el único bien integrante de la misma era una vivienda valorada en 75000 €.

La vivienda estaba grabada con una hipoteca por valor de 60000 €. Esta hipoteca durante la mayor parte del matrimonio había sido pagada por Doña Susana. Ahora tras el divorcio Don Javier seguía utilizando la vivienda exclusivamente y Doña Susana quería resolver la situación.

Convocamos varias reuniones entre los dos cónyuges en las cuales explicamos la situación: solicitamos documentación bancaria para conocer exactamente las cantidades de cuotas hipotecarias que había pagado Doña Susana. La mitad de todas estas cantidades debería haberlas pagado Don Javier por lo tanto por ese importe Doña Susana ostentaba un crédito frente a Don Javier que ascendía a 20000 €.

Valorada la vivienda en 75000 € Doña Susana, para quedársela, debería pagar a Don Javier la mitad de este importe: 37500 €. Pero este importe había que restarle el crédito que Doña Susana tenía frente a Don Javier de 20000 €. Por tanto el importe que Doña Susana tiene que pagar a Don Javier para quedarse con el  100 % de la propiedad del inmueble era de 17500 €.

Pusimos de manifiesto a Don Javier que si no estaba de acuerdo nos veríamos obligados a emprender las acciones legales procedentes reclamando el crédito que tenía Doña Susana contra él y posteriormente ejercitar una acción de división judicial de cosa común. Todo esto sería un camino más largo y costoso pero al final llegaríamos al mismo punto.

Don Javier accedió a nuestro planteamiento finalmente. Un nuevo caso éxito en un asunto de determinar quién paga la hipoteca de la casa después de divorcio tramitado en  nuestro despacho de abogados de familia de Córdoba.


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.